La Disposición 2020-135-APN-ANSV#MTR con fecha 1 de abril de 2020, lo aclara en su artículo segundo:
ARTICULO 2°: Modifíquese el artículo 2° de la Disposición ANSV N° DI-2020-109-APN-ANSV#MTR el que quedara redactado de la siguiente manera: “ARTICULO 2°: Prorrogase, de manera preventiva y con carácter excepcional, por el término de 90 (noventa) días corridos contados a partir de su fecha de vencimiento, la vigencia de los cursos y exámenes psicofísicos exigidos para el otorgamiento y renovación de la LiNTI, cuyos vencimientos hayan operado u operen entre el 15 de febrero y el 30 de abril inclusive del corriente año.”