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NOVEDADES
NACIONALES / RESTRICCIÓN A CIRCULAR PARA CAMIONES DEL 10 AL 12 DE FEBRERO

noticias

Restricciones a la circulación de camiones días 10, 11 y 12 de febrero de 2023.

RUTAS NACIONALES  

Por  Disp. 991/22 de  la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) enviada oportunamente por circular 2023-001 se establecen las  restricciones  de la circulación de  los vehículos de categorías N2 y, N3, O, O3 y O4 por las rutas nacionales y los accesos a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,  correspondiente a los meses de enero a abril de  2023. Recordamos las próximas restricciones:

RUTA NACIONAL10 de Febrero 202311 de Febrero 202312 de Febrero 2023
AUTOPISTA BS. AS. LA PLATA AUTOPISTA RICCHIERI ACCESO OESTE
ACCESO NORTE
Restricción mano ascendentede 18 a 20:59Restricción mano descendentede 7 A 9:59Restricción mano ascendentede 18 a 20:59 
RN 3Restricción de ambas manos entre Buenos Aires y Bahía Blanca de 18 A 20:59Restricción de ambas manos entre Lomas del Mirador y Bahía Blanca de 7 A 9:59Restricción de ambas manos entre Buenos Aires y Bahía Blanca de 18 A 20:59
RN 5Restricción de ambas manosde 18A 20:59Restricción de ambas manos de7 A 9:59Restricción de
ambas manosde 18 A 20:59
RN 7Restricción de ambas manos desde Junín a Villa Mercedesde 18 A20:59Restricción de ambas manos desde Junín a Villa Mercedesde  7 A 9:59Restricción de ambas manos desde Junín a Villa Mercedesde 18 A 20:59
RN 8Restricción de
ambas manosde 18 A 20:59
Restricción de ambas manosde 7 A 9:59Restricción de
ambas manosde 18 A 20:59
RN 9Restricción de ambas manos desde Totoral  hasta La Quiaca        de 18 A 20:59Restricción de ambas manos desde Totoral  hasta La Quiaca           de 7 A 9:59Restricción de ambas manos desde Totoral  hasta La Quiaca    de   18 A 20:59
RN 11Restricción de ambas manosde 18 A 20:59Restricción de ambas manosde 7 A 9:59Restricción de
ambas manosde 18 A 20:59
RN  12Restricción de ambas manos entre Ceibas hasta Puerto Iguazú  de  18 A 20:59Restricción de ambas manos entre Ceibas hasta Puerto Iguazú  de  7 A 9:59Restricción de ambas manos entre Ceibas hasta Puerto Iguazú  de  18 A 20:59
RN 14Restricción de ambas manos entre Paso de los libres hasta San José, Misionesde 18 A 20:59Restricción de ambas manos entre Paso de los libres hasta San José, Misionesde 7 A 9:59Restricción de ambas manos entre Paso de los libres hasta San José, Misionesde 18 A 20:59
RN 16Restricción de ambas manos desde Makalle hasta Metánde 18 A 20:59Restricción de ambas manos desde Makalle hasta Metánde     7 A 9:59Restricción de ambas manos desde Makalle hasta Metánde 18 A 20:59
RN 19Restricción de ambas manos desde San Francisco hasta Córdobade 18 A 20:59Restricción de ambas manos desde San Francisco hasta Córdobade  7 A 9:59Restricción de ambas manos desde San Francisco hasta Córdobade 18 A 20:59
RN 20Restricción de ambas manosde 18A 20:59Restricción de ambas manosde 7 A 9:59Restricción de ambas manosde 18 A 20:59
RN 22Restricción de ambas manos de 18 A 20:59Restricción de ambas manos de 7 A 9:59Restricción de ambas manos de 18 A 20:59
RN 33Restricción de ambas manosde 18 A 20:59Restricción de ambas manosde 7 A 9:59Restricción de ambas manosde 18 A 20:59
RN 34Restricción de ambas manosde 18 A 20:59Restricción de ambas manosde 7 A 9:59Restricción de ambas manosde 18 A 20:59
RN 35Restricción de ambas manosde 18 A 20:59Restricción de ambas manosde 7 A 9:59Restricción de ambas manosde 18 A 20:59
RN 36SIN RESTRICCIONSIN RESTRICCIONSIN RESTRICCION
RN 38Restricción de ambas manos de 18 A 20:59Restricción de ambas manosde 7 A 9:59Restricción de ambas manosde 18 A 20:59
RN 40Restricción de ambas manosde 18 A 20:59Restricción de ambas manosde 7 A 9:59Restricción de ambas manosde 18 A 20:59
RN 105Restricción de ambas manosde 18 A 20:59Restricción de ambas manosde 7 A 9:59Restricción de ambas manosde 18 A 20:59
RN 158Restricción de ambas manosde 18 A 20:59Restricción de ambas manosDe 7 A 9:59Restricción de ambas manosde 18 A 20:59
RN 174Restricción de ambas manosde 18 A 20:59Restricción de ambas manosde 7 A 9:59Restricción de ambas manosde 18 A 20:59
RN 188Restricción de ambas manosde 18 A 20:59Restricción de ambas manosde 7 A 9:59Restricción de ambas manosde 18 A 20:59
RN 205Restricción de ambas manosde 18 A 20:59Restricción de ambas manosDe 7 A 9:59Restricción de ambas manosde 18 A 20:59
RN 226Restricción de ambas manosde 18 A 20:59Restricción de ambas manos
de 7 A 9:59
Restricción de ambas manosde 18 A 20:59
RN 231Restricción de ambas manosde 18 A 20:59Restricción de ambas manos de
7 A 9:59
Restricción de ambas manosde 18 A 20:59

Exceptúese de la restricción a los vehículos que a continuación se detallan:

a. De transporte de leche cruda, sus productos derivados, y envases asociados;

b. De transportes de animales vivos;

c. De transportes de productos frutihortícolas en tránsito;

d. De transporte exclusivo de prensa y de unidades móviles de medios de comunicación audiovisual;

e. De atención de emergencias;

f. De asistencia de vehículos averiados o accidentados, en el lugar del suceso o en el traslado al punto más próximo a aquel donde pueda quedar depositado, y en regreso en vacío;

g. Cisterna de traslado de combustible, de Gas Natural Comprimido y Gas Licuado de Petróleo;

h. De transporte de gases necesarios para el funcionamiento de centros sanitarios, así como de gases transportados a particulares para asistencias sanitarias domiciliaria, en ambos casos, cuando se acredite que se transportan a dichos destinos;

i. De transporte de medicinas;

j. De transporte de depósitos final de residuos sólidos urbanos;

k. De transporte que deba circular en cumplimiento directo e inmediato de una orden judicial;

l. De transporte de sebo, hueso y cueros.

FUENTE: AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL

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