Se ha recibido en estos momentos la Disposición CNRT Nº 827/17 mediante la cual se establece que “el comprobante de conductor habilitado” que se obtiene a través de la página institucional www.cnrt.gob.ar será documento válido para la conducción de aquellos que realizan transporte de cargas o pasajeros de carácter interjurisdiccional, hasta tanto se implemente el nuevo procedimiento para el otorgamiento de la Licencia Nacional Habilitante.
Una vez que se implemente este nuevo procedimiento el Certificado de Idoneidad de los cursos dejará de servir como comprobante de la aprobación de un curso y será reemplazado por la misma Licencia Nacional Habilitante (LNH).
Se informará en cuanto se publique en el Boletín Oficial.
VER DISPOSICIÓN —–> https://gallery.mailchimp.com/…/62a18f74-9b21-40c…/dispo.pdf