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VEDA ELECTORAL / QUE SE PROHÍBE ANTES Y DURANTE LAS PASO

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Córdoba. El juez federal Ricardo Bustos Fierro emitió este jueves una resolución que detalla la veda por las elecciones Primarias Abiertas Simultáneas y Obligatorias del domingo 13 de agosto. Algunas prohibiciones tendrán vigencia desde las 8 del viernes 11 de agosto.

El juez Federal Ricardo Bustos Fierro, emitió durante este jueves una resolución donde se detalla las prohibiciones de la veda por las elecciones Primarias Abiertas Simultáneas y Obligatorias que tendran lugar el domingo 13 de agosto en todo el territorio argentino.

La veda se habilitará desde las 8 del viernes 11 de agosto y en la resolución judicial se destacaron tres puntos centrales: Actos de las distintas agrupaciones políticas, la propaganda política, y la venta de alcohol en bares y boliches.

De acuerdo con lo establecido por el Código Electoral Nacional, se prohiben los actos de proselitismo, como también la difusión de propaganda política a partir de las 48 horas antes del inicio de los comicios. Es decir, a partir de las 8 del viernes 11 de agosto.

Por su parte, a partir del inicio de la veda, medios de comunicación masiva no podrán difundir ningún tipo de propaganda políticia de agrupaciones ni listas internas que competirán en las PASO.

Respecto a la venta de alcohol, de acuerdo a la resolución: “las casas que deben permanecer cerradas durante el lapso comprendido entre las 20 horas del día sábado 12 de agosto, hasta las 21 horas del día 13 de agosto, son las destinadas al expendio de bebidas alcohólicas -vinerías, whiskerías, supermercado de bebidas, entre otros-, como así también los locales bailables”.

FUENTE: LA NUEVA MAÑANA (CÓRDOBA)

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